A continuación se
transcribe el decreto que legaliza las acciones llevadas a cabo:
EXPEDIENTE N° 4119-6449/97
DECRETO N° 628
VICENTE
LÓPEZ, 20 de marzo 1998.
VISTO:
QUE mediante Ordenanza 11466 se autorizara la expropiación del inmueble ubicado
en la calle Paraná 6190/92/94/96/98 esquina 9 de julio 4097/99 de este Partido,
que posee una superficie de 241,50 m2, afectándose el mismo a la Traza del Paso
Bajo Nivel de la Estación Villa Adelina que intercomunica los Partidos de
Vicente López y San Isidro, homologándose asimismo el convenio suscripto
con fecha 26 de septiembre de 1997, con la Municipalidad de San Isidro mediante
el cual ésta compensará al Municipio de Vicente López hasta un máximo de $ 220.000.--,
el 50% de la indemnización que se abone por tal expropiación; y
CONSIDERANDO:
Que
se ha convenido con los propietarios adquirir el inmueble en la suma de S
415.000.-- y dentro de tal propósito se han requerido tasaciones del inmueble a
inmobiliarias de la zona, resultando los valores informados superiores al monto
pactado para la compra;
Que
a fs. 41 la Dirección de Contaduría ha procedido a la reserva de los fondos de
la siguiente forma $ 220.000.-- afectados al Presupuesto de Gastos Ejercicio 1997
y $ 220.000.-- al
Presupuesto de Gastos vigente;
Por
ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LÓPEZ, en uso de sus atribuciones;
DECRETA:
Artículo 1°.-
ADQUIÉRASE el inmueble ubicado en la calle Paraná N° 6190/92/94/96/98 esquina 9
de julio 4097/99 de Vicente López, que posee una superficie de 241,50 m2.,
afectándose el mismo a la Traza del Paso Bajo Nivel de la Estación Villa Adelina
que intercomunica este partido y el de San Isidro, cuyo dominio consta a favor
de los Sres. Celestino Fernández Fernández; José Ramón García Domínguez;
Adriana Mabel Fernández Fernández; Eduardo Daniel Fernández y Cabrera; Marta
Mabel Cabrera y Pedro Luis Peláez".
Artículo 2°.- ABONESE
a los vendedores nombrados en el artículo 1° el precio total de $ 415.000.-- (PESOS CUATROCIENTOS QUINCE MIL) pagaderos al momento de la escrituración, de
la siguiente forma:
Celestino Fernández Fernández ……...……....................……….. $ 103.750,00
José Ramón García Domínguez ………...................………...…... $ 103.750,00
Pedro Luis Peláez …………..........................……………………...…. $ 103.750,00
Marta Mabel Cabrera .............................................................. $ 51.875,00
Eduardo Daniel Fernández …….……......…….....................…….. $ 25.937,50
Adriana Mabel Fernández ................................................…….. $ 25.937,50
Artículo 3°.- ENCOMIÉNDASE
al Escribano Dn. Raúl Estanislao Vargas la realización de la escritura
traslativa de dominio, abonándose al nombrado la suma de $ 1.600.- (PESOS MIL
SEISCIENTOS), con destino al pago de los gastos de escrituración que
corresponde al Municipio, más la suma de $ 13.972.- (PESOS TRECE MIL
NOVECIENTOS SETENTA Y DOS) que responde a los gastos de escrituración de la parte
vendedora que asume esta Comuna, todo ello con cargo de oportuna rendición de
cuentas.-
Artículo 4°.- El
gasto que demande el cumplimiento del pago dispuesto en el artículo 2° se
debitará de la Cuenta Deuda Flotante (J.II.F.3 11.2.5.2.45 del Presupuesto de
Gastos 1997 - $ 220.000) y de la J.II.F.1 It.l.2.5.1.8 "Inmuebles" ($ 220.000) del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 5°.-
REFRENDEN el presente los Sres. Secretarios en las áreas de Obras y Servicios
Públicos,Gobierno y Economía y Hacienda.-
Artículo 6°.- Dése al
Registro Municipal de decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente, ARCHÍVESE.
Siguen cuatro firmas
y sellos aclaratorios que dicen:
Enrique
García - Intendente - Municipalidad de Vicente López
Armando A. Izz - Secretario
de Gobierno - Municipalidad de Vicente
LópezDra. Dora Zorrilla - Secretaria de Economía y Hacienda - Municipalidad de Vicente López
Francisco Andrés Sanz - Secretario de Obras y Servicios Públicos - Municipalidad de Vicente López
Hay un sello ovalado
que dice:
Municipalidad de
Vicente López - Departamento Ejecutivo.
En "Villa Adelina- Unida por cien años de historia", de René Dardo Arditi Rocha - Pág. 104/105
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